El Seguro de Cesantía es un beneficio que ofrece protección a los trabajadores afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), en caso de quedar cesante por renuncia, despido o fin del contrato laboral. En este artículo, te explicaremos todo lo que necesitas saber sobre este seguro y cómo funciona.
¿Quiénes pueden afiliarse al Seguro de Cesantía?
Todos los empleados y empleadas que estén afiliados a la AFC poseen una Cuenta Individual de Cesantía (CIC). Las personas son afiliadas automáticamente al Seguro de Cesantía cuando tienen más de 18 años y cuentan con un contrato que está regido por el Código del Trabajo, por el Estatuto de los Asistentes de la Educación Pública o son trabajadores o trabajadoras de casa particular.
¿Cómo puedo revisar el monto acumulado en mi cuenta de Cesantía?
Los afiliados al Seguro de Cesantía pueden revisar sus cartolas para conocer el monto que tienen acumulado en su Cuenta Individual de Cesantía, así como los movimientos y aportes realizados. Para saber el dinero que tienen ahorrado en la cuenta de la AFC, el usuario debe seguir los siguientes pasos:
- Entrar a la sucursal virtual de la AFC (ingresa aquí).
- Iniciar sesión con RUT y Clave Única o contraseña de la AFC.
Tras ingresar al sitio, el sistema mostrará inmediatamente el monto que tiene ahorrado la persona en un recuadro, junto con todos los datos.
¿Quiénes pueden cobrar el Seguro de Cesantía?
El Seguro de Cesantía se puede solicitar cuando el trabajador o trabajadora esté cesante y cumpla con ciertos requisitos. Para optar al seguro, se debe:
- Estar cesante y acreditarlo mediante el finiquito, la carta de despido, la carta de renuncia, el acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, un certificado de la Inspección del Trabajo o una sentencia judicial, según corresponda.
- Contar con un mínimo de cotizaciones pagadas. Se solicita tener al menos 12 cotizaciones, continuas o descontinuas, en caso de haber tenido contrato indefinido o de trabajador de casa particular. En caso de haber tenido contrato a plazo fijo o por obra, faena o servicio, se requiere al menos seis cotizaciones, continuas o descontinuas.
Es importante destacar que las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o desde el último cobro del Seguro hasta el mes de término de la relación laboral.
Las cotizaciones pueden ser de uno o más empleadores. Además, los trabajadores de jornada parcial deben presentar el contrato de trabajo para verificar las horas pactadas.
Si cumples con las condiciones para cobrar el Seguro de Cesantía, puedes hacerlo a través de la sucursal virtual de la AFC. Para ello, debes iniciar sesión, hacer clic en “cobro del seguro”, seleccionar “comenzar solicitud de cobro” y seguir las instrucciones indicadas en el sitio.