El pasado sábado 13 de agosto, se publicó la nómina de vocales de mesa y los lugares de votación para el Plebiscito Constitucional de a realizarse el próximo 4 de septiembre.
Como ya se sabe, una de las grandes novedades es que el voto será obligatorio para todos quienes vivan en Chile, y por eso se asignaron nuevos locales de votación (nuevos lugares para votar) y además nuevos vocales de mesa que consideran al padrón completo de votación.
Dentro de los cambios, tanto de vocales de mesa como de lugares de votación, se está considerando que la persona viva cerca del lugar en el que debe ejercer su derecho a voto, con el fin de facilitar el trabajo.
Este es el sitio para consultar si eres vocal de mesa
Considerando todos los cambios y el crecimiento en el padrón electoral, es importante que revisen dónde les corresponde votar.
Para lo anterior, solo deben ingresar al sitio oficial del SERVEL, ingresar su RUT y el sitio les dirá si les corresponde o no ser vocal de mesa.
Recuerda que tu RUT deberás ingresarlo sin puntos pero con guión, y además marcar la casilla “soy humano”.
Razones para no ser vocal de mesa
Las únicas razones oficiales que entrega el SERVEL para evitar ser vocal de mesa son:
- Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.
- Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.
- Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.
- Tener más de 60 años de edad.
- Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.
- Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del Director del respectivo establecimiento de salud.
- Estar la mujer en estado de embarazo o de puerperio dentro de las 6 semanas previas al parto y hasta 24 semanas siguientes a éste, circunstancia que deberá acreditarse mediante certificado médico o con la documentación que acredite estar recibiendo el subsidio a que se refiere el artículo 198 del Código del Trabajo.
- Quienes se desempeñen como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales, con dependencia o discapacidades, y las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (Eleam).
¿Hasta cuándo me puedo excusar de ser vocal de mesa?
Quienes hayan sido desginados como vocal de mesa, pero no puedan cumplir con este trabajo, podrán presentar su justificación entre el 16 y el 18 de agosto.
La nueva lista (posterior a las justificaciones) será publicada el 20 de agosto.